Constitución del estado Aragua, sancionada por su Asamblea constituyente de 1901
La constitución de Aragua de 1901 especifica los principales derechos y deberes de sus participantes siendo ella de carácter popular, electivo, federal, representativo, alternativo y responsable;define su estructura y organización con 4 poderes, divide en siete Distritos en cada uno un Jefe Civil encargado de cumplir y hacer cumplir lo concerniente a la administración en el ramo Ejecutivo, de libre elección y remoción por el Presidente del Estado. El Presidente del Estado es elegido por los Concejos Municipales para un período de tres años.